Asesoría Jurídica para colegiados/as
El Colegio pone a disposición de los Colegiados/as un servicio de Asesoramiento sobre cuestiones básicas relacionadas con el ejercicio de la profesión. Este servicio lo presta la Letrada: Mª del Carmen Ortega López.
El horario de atención presencial se realiza los Miércoles de 18.00 a 20.00 horas. Fuera de ese horario se pueden remitir consultas a través del email
Información de interés para autónomos en pluriactividad
El BOE de 7 de febrero de 2012 Sec. I. Pág. 10421 ha publicado la Orden ESS/184/2012, de 2 de febrero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2012. En especial los que han cotizado en pluriactividad.
Normativa Fiscal con respecto a la facturación de Profesionales Psicólogos
El Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, y se modifica el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, en su artículo 6.3 dice:
"En el supuesto de que la operación que se documenta en una factura esté exenta o no sujeta al impuesto o de que el sujeto pasivo del impuesto correspondiente a aquélla sea su destinatario, se deberá incluir en ella una referencia a las disposiciones correspondientes de la Directiva 77/388/CEE de 17 de mayo, Sexta Directiva del Conseja en materia del Impuesto sobre el Valor Añadido, o a los preceptos correspondientes de la Ley del Impuesto o indicación de que la operación está exenta o no sujeta o de que el sujeto pasivo del impuesto es el destinatario de la operación. Lo dispuesto en este apartado se aplicará asimismo cuando se documenten varias operaciones en una única factura y las circunstancias que se han señalado se refieran únicamente a parte de ellas."



